Hay ocasiones en las que no se pone solución a un problema porque,
sencillamente, no se plantea como tal. Hacerlo así conllevaría admitir
presupuestos incómodos o de difícil encaje. Se podrían poner varios ejemplos de
esto, pero mencionaré uno que he presenciado esta semana.
En el pasado he expuesto en este foro los que juzgo posibles defectos
en el engranaje de las universidades públicas españolas. Aunque quizá me llegue
a arrepentir de mi vehemencia cuando sea mayor (si es que llego), declaro que
mis críticas pasadas provinieron de un genuino deseo de que el sistema público
de educación funcione y llegue a ser un referente,
Creo
que la clave del éxito de una empresa –quizá todavía más la pública– radica en
una competente selección de personal, y de que este cumpla las expectativas
sobre su valía y capacidad de trabajo. Es cierto que en los últimos años se han
dado pasos para mejorar la transparencia y la igualdad de oportunidades en la
contratación pública de profesorado universitario. Pero todavía pesan ciertos
lastres; por ejemplo, la conveniencia de que el candidato acuda a la
convocatoria bien asesorado y guiado por un padrino (o madrina) influyente.
La
comisión que juzga los méritos suele estar formada por tres miembros, y se
puede dar el caso de que el profesor que ejerce de guía académico (director de
tesis, de grupo de investigación, etc.) de algún candidato se halle entre los
tres jueces, y como tal especifique el baremo según el que se valorarán los
méritos de los participantes en el proceso y luego proceda a su aplicación.
Pues
bien, siempre me ha parecido una medida elemental de transparencia que, al
igual que se recusa a un miembro de la comisión si es consorte, amante, amigo o
enemigo manifiesto etc. de alguno de los participantes, se hiciera lo mismo con
el director de tesis o de grupo. Con frecuencia hay un elemento de elección
personalizada que puede llevar de modo natural a la parcialidad.
Recientemente he tenido ocasión de plantear esta objeción en una
reunión para perfilar la normativa de una oferta pública de empleo próxima.
Pero mi propuesta no salió adelante, ni siquiera recibió apoyos. La ley que
contempla los motivos de incompatibilidad no entiende que una relación
académica pueda propiciar un juicio parcial y requiera recusación.
Entiendo estos motivos, pero mi espíritu insatisfecho recuerda a ese
puñado de personas brillantísimas que han pasado ante mi vista a través de los
años, aquellas que no fueron seleccionadas en sucesivos concursos de méritos
porque los baremos no les resultaron favorables. Todas habrían prestado
servicios valiosísimos a la universidad pública española y habrían subido el
listón. Pero se cansaron de tropezar y darse de bruces contra el sistema.
Donde quiera que estéis, os recuerdo. Ya sabéis quienes sois.
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